Por qué no fichar es una infracción grave
El registro de jornada no es una formalidad opcional: es una obligación legal recogida en el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores. Cuando una empresa no la cumple, comete una infracción grave en el orden social, tipificada en la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social (LISOS). Y las infracciones graves llevan aparejadas sanciones económicas serias.
La lógica es la que vimos en la guía sobre el registro de jornada obligatorio: sin un registro fiable, no hay forma de proteger los derechos de quien trabaja ni de controlar las horas extra. Por eso la norma se toma en serio su incumplimiento.
Cuantías: los tres tramos de la sanción
Las infracciones graves en materia de relaciones laborales se gradúan en tres niveles —mínimo, medio y máximo—, cada uno con su horquilla económica. El grado concreto depende de factores como el número de personas afectadas, la intencionalidad o la reincidencia.
| Grado | Importe de la multa | Cuándo suele aplicarse |
|---|---|---|
| Mínimo | 751 € – 1.500 € | Incumplimiento puntual, sin agravantes, con pocas personas afectadas. |
| Medio | 1.501 € – 3.750 € | Incumplimiento más extenso o con circunstancias agravantes. |
| Máximo | 3.751 € – 7.500 € | Incumplimiento grave, reiterado o con muchas personas afectadas. |
A la multa hay que sumarle un coste indirecto que a menudo es mayor: si un trabajador reclama horas extra y la empresa no puede demostrar la jornada realizada, la balanza tiende a inclinarse del lado del trabajador. Un registro fiable no solo evita la sanción; también es tu mejor defensa.
Quién inspecciona: la ITSS
El organismo encargado de vigilar el cumplimiento es la Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS). Conviene saber cómo actúa para no llevarse sorpresas.
Cómo llegan a tu negocio
- Campañas programadas. La ITSS lanza campañas específicas por sectores; la hostelería y el comercio están entre los más vigilados por el peso de la jornada parcial y las horas extra.
- Denuncias. Un trabajador, un extrabajador o un sindicato pueden poner el caso en conocimiento de la Inspección. Es una de las vías más frecuentes.
- Actuación de oficio. El inspector puede iniciar la actuación por propia iniciativa, a partir de indicios o cruces de datos.
Qué pueden pedirte
Durante una visita, el inspector puede exigir el registro de jornada en el acto. Con el nuevo Real Decreto, además, puede requerir el acceso en remoto, sin necesidad de personarse. Si el registro no existe, no está disponible o resulta poco creíble, levanta acta de infracción y se inicia el procedimiento sancionador.
Cómo evitarlas (sin volverte loco)
La buena noticia es que cumplir es más fácil que arriesgarse. Estos son los puntos que te ponen a salvo:
- Registra de forma digital e inalterable. Olvídate del papel y del Excel. Necesitas un sistema que selle cada fichaje y que no se pueda manipular sin dejar rastro.
- Que refleje las horas reales. El registro tiene que coincidir con la realidad. Un horario inventado es tan peligroso como no tener nada.
- Hazlo accesible. Cada persona debe poder consultar su jornada, y tú debes poder entregar el registro a la Inspección de inmediato.
- Consérvalo cuatro años. La obligación de conservación es larga; automatízala para no perder datos por el camino.
No dejes el fichaje al azar
Con Cuadi, el registro de jornada está siempre en orden y listo para la Inspección. Sin biometría, sin papeleo. 14 días gratis, sin tarjeta.
Empieza gratis con CuadiPreguntas frecuentes
¿De cuánto son las multas por no fichar?
No llevar el registro de jornada es una infracción grave en el orden social. Las sanciones van de 751 € a 7.500 €, divididas en tres grados: mínimo (751 a 1.500 €), medio (1.501 a 3.750 €) y máximo (3.751 a 7.500 €). El importe depende de la gravedad y de las circunstancias del incumplimiento.
¿La multa es por empresa o por trabajador?
La sanción se impone por centro de trabajo, no por cada persona afectada. Esto es clave para los negocios con varios locales: cada centro que incumpla puede acarrear su propia multa, así que el riesgo se multiplica con el número de establecimientos.
¿Quién pone las multas por no fichar?
La Inspección de Trabajo y Seguridad Social (ITSS). Sus inspectores pueden actuar de oficio, por campañas programadas o a raíz de una denuncia (por ejemplo, de un trabajador o un sindicato). Pueden requerir el registro en el momento de la visita y, desde el nuevo Real Decreto, también acceder a él en remoto.
¿Pueden multarme si el registro existe pero está mal hecho?
Sí. No basta con tener un registro: tiene que ser real, fiable y completo. Un registro manipulable, incompleto o que no refleje las horas reales puede considerarse incumplimiento. Además, un registro de pega no te protege frente a una reclamación por horas extra, donde la falta de prueba suele jugar en contra de la empresa.
¿Cómo puedo evitar una multa por no fichar?
Lleva un registro digital, inalterable y accesible para toda la plantilla, y consérvalo cuatro años. Con un sistema como Cuadi, cada fichaje lo sella el servidor, el histórico se guarda solo y puedes generar el informe de cualquier periodo en un clic si llega la Inspección.
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